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Ciudad de México

Eliminar el IVA a productos de higiene menstrual no afecta la recaudación tributaria

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CIUDAD DE MÉXICO (11 MARZO 2021).- El senador por Movimiento Ciudadano, Juan Zepeda, presentó una iniciativa que busca eliminar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 16% a productos de higiene menstrual como toallas y tampones.

Zepeda Hernández señaló que retirar este impuesto favorece la economía en los hogares y no perjudica los ingresos del Gobierno Federal, pues, según datos de la Organización Menstruación Digna México, mientras que para un hogar con carencias económicas estos productos equivalen anualmente al 5% del total del gasto, el IVA que obtiene el SAT por productos de higiene menstrual apenas representa entre el .99% y 5%, basado en información oficial que señala que durante la recaudación del primer trimestre de 2020 el IVA creció un 12.6 % real, al pasar de 258 a casi 301 mmdp.

Señaló que, en México, como en otros países, existe un impuesto que se aplica a productos destinados a la higiene menstrual que no es lo mismo que el llamado “impuesto rosa”, lo que afecta a todas las mujeres por igual, sin considerar sus niveles de ingreso, provocando que tengan que pagar contribuciones sobre productos que son en realidad una necesidad básica.

“Cuando hablamos de trabajar y luchar por los derechos de la mujer, también incluye velar por su economía y salud; por lo que buscar quitar el IVA a los productos de higiene menstrual no es un tema menor; es darles seguridad en ambos rubros”.

Destacó que el impuesto cargado a los productos de higiene íntima femenina, perjudican económicamente a las mujeres, principalmente de escasos recursos; quienes sin importar sus ingresos se ven obligadas a adquirir mes con mes dichos productos.

El legislador recordó que en México se calcula que poco más de 63 millones de mujeres, adolescentes y niñas menstrúan actualmente y que 4 de cada 10 mujeres viven en situación de pobreza y que éstas gastan 2.5 veces más en productos de gestión menstrual que el 10% más rico de la población.

Argumentó que el IVA a los productos de higiene menstrual pueden ser considerados regresivos, porque no distinguen la capacidad económica o de pago de las mujeres por lo que deben ser considerados productos de primera necesidad y no ser gravados con este impuesto.

Para finalizar, explicó que la iniciativa con proyecto de decreto que presenta pretende modificar el Artículo 2º -A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, retomando la propuesta que las diputadas federales presentaron durante la discusión de la pasada miscelánea fiscal y que fue rechazada por la mayoría parlamentaria, en el cual agrega las toallas sanitarias femeninas, tampones, compresas, copas menstruales o cualquier otro bien dedicado exclusivamente a la gestión menstrual tendrán un impuesto con tasa 0.

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