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PRI usó pruebas ilegales en mi contra: Delfina Gómez
ESTADO DE MÉXICO De (21 junio 2017).- El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) admitió pruebas ilegales presentadas por el PRI en contra de Delfina Gómez Álvarez,denunció la candidata de Morena a la gubernatura Mexiquense.
Además, la abanderada de Morena impugnó ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dos multas impuestas el 15 de junio a ella y al partido por supuestos actos anticipados de campaña.
Por medio de un juicio para la protección de los derechos político-electorales, pidió que los magistrados desechen las supuestas pruebas presentadas por el PRI, porque hay ocho testimonios emitidos por el notario público 130 del Estado de México, César Enrique Sánchez Millán, no obstante que también es representante ante el Consejo General del IEEM.
“Nos encontramos que los instrumentos notariales son pruebas ilegales que no pueden ser admitidas en el presente procedimiento y por lo tanto deben ser desechadas, con independencia que la actuación ilegal de César Enrique Sánchez Millán obligue a esta autoridad a dar vista a la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de México a efecto de que inicie el procedimiento de responsabilidad correspondiente”, expuso.
Aseguró en su escrito de impugnación que existe un evidente conflicto de intereses de dicho fedatario, que además se traduce en una violación a la Ley del Notariado del Estado de México.
Dicha norma señala que los notarios están impedidos de “ejercer sus funciones cuando él, su cónyuge o alguno de sus parientes en los grados que expresa la fracción anterior, o personas de quienes alguno de ellos sea apoderado o representante legal en el acto que se trata de autorizar, tengan interés”.
La misma ley añade que las escrituras y actas serán nulas si el notario está impedido por ley para intervenir en el acto jurídico o hecho de que se trate.
“Un ejercicio simple de lógica nos lleva a concluir que César Enrique Sánchez Millán tiene interés en el triunfo del Partido Revolucionario Institucional, y que este interés no existe desde el momento en que lo designaron representante de dicho partido, sino desde mucho antes, por ejemplo, desde el 2003 en que fue designado integrante de la Comisión Política Permanente del PRI en el Estado de México”, expuso la candidata.
Contrario a lo afirmado por el TEEM, indicó que en el expediente se probó el nombramiento de Sánchez Millán como representante del tricolor ante el IEEM, al incluirse copia certificada de la designación del referido y los propios instrumentos públicos.
Gómez Álvarez también demostró en su impugnación que las actividades efectuadas como delegada de Morena en la entidad fueron realizadas en ejercicio de su libertad de expresión y en su momento tampoco solicitó el voto a su favor.